A- de 2023
Ponente Juan Carlos Cortés González
✓Demandante Fundacion Hospitalaria San Vicente De Paul·Demandado Caja De Compensacion Familiar De Cordoba Comfacor En Liquidacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería y el Juzgado Primero Civil del Circuito de la misma ciudad.
La controversia se dio con ocasión de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por la Fundación Hospitalaria San Vicente de Paul, en contra del agente liquidador de Comfacor EPS, con el fin de que se declare la nulidad de unas resoluciones donde se negó el pago de una deuda reconocida sobre un proceso ordinario anterior.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es la competente para dirimir las demandas que se presenten en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de actos administrativos proferidos por agentes liquidadores de las EPS o de programas EPS de cajas de compensación familiar, conforme con lo dispuesto en los artículos 233, parágrafo 2° de la Ley 100 de 1993 y 295, numeral 2° del EOSF.
Con base en lo anterior, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado por el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería y el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, promovido por la Fundación Hospitalaria San Vicente de Paul contra el agente liquidador de Comfacor EPS.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta corporación, REMITIR el expediente CJU-1585 al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.